lunes, abril 29, 2024
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Influenza aviar: autorizaron los primeros pagos de asistencia a productores afectados

Los subsidios serán de entre $ 31 millones y $ 398 millones, dependiendo del beneficiario.

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca aprobó la primera nómina de beneficiarios y la autorización de pagos en el marco del Programa de Asistencia Económica por la Emergencia Sanitaria – Influenza Aviar H5 y H7, que busca asistir a los productores avícolas impactados por el sacrificio de aves de corral y la destrucción de huevos, en el caso de la detección o sospecha de contagio de dicha enfermedad.

La Resolución 270/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial, aprueba la nómina de beneficiarios, compuesta por seis empresas y dos personas humanas, que recibirán, en conjunto, un monto de $ 2.204.320.600.

Los subsidios serán de entre $ 31 millones y $ 398 millones, dependiendo del beneficiario, según consta en el anexo de la disposición, la cual, además, procedió a la autorización del pago de la asistencia.

Las solicitudes aprobadas hoy son aquellas que se recibieron entre el 31 de mayo y el 7 de junio último

El programa, que cuenta con una partida total de $ 7.450 millones provenientes del Fondo de Incremento Exportador (financiado con ingresos del denominado “dólar soja”), está dirigido a todos aquellos productores avícolas que estén inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) del Senasa, y que se vieron afectados por alguna medida de sacrificio de aves o destrucción de huevos fértiles o frescos, por haberse detectado o sospechado de un caso de Influenza Aviar H5 o H7.

Precisamente, los montos son definidos en base a las actas de sacrificio o destrucción del Senasa, y toman en cuenta las categorías de aves sacrificadas y tipos de huevos destruidos, multiplicando la cantidad de aves y huevos por los valores unitarios de compensación establecidos para cada categoría.

Los productores deberán figurar en alguna de las categorías asociadas a aves de producción de carne o huevo, recría, reproducción de padres pesados o livianos; abuelos pesados, planta de incubación y agricultura familiar.

Además, el programa establece como requisito que los productores “no hayan obstaculizado o impedido” la labor de los agentes del Senasa en el procedimiento de intervención de emergencia sanitaria.

Además, deberán haber notificado “de manera inmediata” la aparición de síntomas de gripe aviar, y que los animales presentes en el establecimiento en el operativo del Senasa tengan la documentación sanitaria correspondiente.

El programa, vigente por 180 días, estará abierto hasta el próximo 13 de noviembre

Los interesados en obtener el beneficio, a partir del sexto día hábil siguiente de la fecha de expedición del acta de sacrificio correspondiente y hasta un plazo máximo de 30 días posteriores, deberán ingresar a través del servicio Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. Autogestión SAGyP del sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

También tendrán que solicitar expresamente el beneficio en el marco del programa, autorizar al Senasa a suministrar a la autoridad de aplicación la información correspondiente, constituir domicilio en una casilla de correo electrónico que será válida a todos los efectos legales, notificaciones y requerimientos de información, indicar una Clave Bancaria Uniforme (CBU) de una cuenta bancaria en moneda pesos a su nombre, e ingresar los demás datos necesarios para efectivizar el beneficio.

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